Bases Legales Sorteo
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Bases Legales Sorteo
1. Entidad organizadora y objeto
1.1. La Asociación de Comerciantes y Empresarios de Torre del Mar (ACET), con CIF [CIF] y domicilio en [domicilio social], Torre del Mar (Vélez-Málaga, Málaga), correo electrónico acet@torredelmar.org (en adelante, «ACET» o «la Organizadora»), organiza la campaña promocional «Gracias Torre del Mar».
1.2. La campaña tiene por objeto dinamizar y fomentar el consumo en los comercios asociados a ACET mediante sorteos de premios en Dinero ACET entre los consumidores que realicen compras en dichos comercios.
1.3. La participación es gratuita. No exige ningún pago adicional al importe de la propia compra, que el consumidor realiza libremente.
1.4. Los comercios adheridos a la campaña (en adelante, «comercios participantes») figuran en el listado publicado en la web de ACET y se identifican mediante la cartelería oficial de la campaña y el distintivo «Comercio Participante ACET».
2. Ediciones y periodos de participación
2.1. La campaña se desarrolla en tres ediciones independientes, con idéntica mecánica de participación:
Edición | Periodo de compra y participación | Fecha del sorteo | Premios |
|---|---|---|---|
Halloween | Del 20 de octubre al 2 de noviembre de 2026 | 5 de noviembre de 2026 | 4 premios de 250 € |
Black Friday | Del 21 de noviembre al 1 de diciembre de 2026 | 4 de diciembre de 2026 | 4 premios de 250 € |
Navidad | Del 5 de diciembre de 2026 al 5 de enero de 2027 | 8 de enero de 2027 | 1 premio de 1.500 € y 4 premios de 250 € |
2.2. Cada periodo comienza a las 00:00 h del primer día y termina a las 23:59 h del último día (hora peninsular española). Solo se admiten las participaciones registradas dentro del periodo de su edición.
2.3. Cada edición es independiente: las participaciones de una edición solo entran en el sorteo de esa edición.
2.4. ACET podrá modificar la fecha de un sorteo por causas justificadas, comunicándolo con antelación en su web y redes sociales.
3. Quién puede participar
3.1. Pueden participar las personas físicas mayores de 18 años, con DNI o NIE en vigor, que realicen una compra en un comercio participante durante el periodo de la edición.
3.2. No pueden participar los miembros de la Junta Directiva de ACET, su personal ni las personas que intervienen en la organización técnica de la campaña.
3.3. No son válidos los tickets emitidos por un comercio participante a favor de su titular, socios o empleados.
3.4. Los datos facilitados deben ser verdaderos y corresponder a la persona que participa. El premio solo se entregará al titular del DNI o NIE registrado.
4. Cómo participar
4.1. Para participar hay que seguir estos pasos:
- Realizar una compra por importe igual o superior a 10 € en un comercio participante, dentro del periodo de la edición.
- Escanear el código QR de la cartelería oficial o entrar en la sección de la campaña en la web de ACET.
- Completar el formulario con: nombre y apellidos, DNI o NIE, teléfono móvil, correo electrónico, comercio donde se realizó la compra, número de factura o ticket, importe y fecha de la compra.
- Adjuntar una fotografía clara y legible del ticket de compra.
- Aceptar estas bases y la política de privacidad.
4.2. La suscripción al boletín mensual de ACET es voluntaria, se ofrece desmarcada y no influye en la participación ni en el resultado del sorteo.
4.3. Una vez registrada la participación, el participante recibe por correo electrónico su número de participación y el enlace a estas bases. Si el correo no llega, debe revisar la carpeta de spam o escribir a acet@torredelmar.org.
4.4. Cada ticket da derecho a una única participación. No hay límite de tickets por persona: cuantas más compras distintas registre, más participaciones tendrá.
4.5. El importe debe indicarse con punto para los decimales (por ejemplo, 18.75). El formulario no admite participaciones con datos incompletos o con un formato incorrecto.
5. Requisitos de los tickets
5.1. Para ser válido, cada ticket debe cumplir todos estos requisitos:
- Haber sido emitido por un comercio participante.
- Tener una fecha de compra dentro del periodo de la edición.
- Tener un importe igual o superior a 10 €, IVA incluido.
- Ser original, legible y no estar manipulado.
- No haber sido registrado antes en esta campaña, por la misma ni por otra persona.
5.2. Los datos indicados en el formulario (comercio, número de factura, importe y fecha) deben coincidir con los del ticket.
5.3. El participante debe conservar el ticket original en papel hasta la entrega de los premios. Sin él no podrá recibir el premio.
5.4. Las participaciones se registran sin validación previa. ACET puede marcar para revisión las que presenten coincidencias o indicios de irregularidad y verificar cualquier ticket en cualquier momento.
6. Premios: Dinero ACET
6.1. Todos los premios se entregan en Dinero ACET: billetes físicos de 10 € canjeables exclusivamente en los comercios asociados a ACET.
Edición | Premios | Total |
|---|---|---|
Halloween | 4 premios de 250 € (25 billetes de 10 € cada uno) | 1.000 € |
Black Friday | 4 premios de 250 € (25 billetes de 10 € cada uno) | 1.000 € |
Navidad | 1 premio de 1.500 € (150 billetes de 10 €) y 4 premios de 250 € (25 billetes de 10 € cada uno) | 2.500 € |
6.2. Los billetes tienen una vigencia mínima de 3 meses desde la fecha de entrega. La fecha de caducidad figura en cada billete; pasada esa fecha, pierden su valor.
6.3. El Dinero ACET no puede canjearse por dinero en efectivo, cederse a cambio de un precio ni sustituirse por otro premio.
6.4. Cada persona solo puede obtener un premio por sorteo, aunque tenga varias participaciones. Si resulta agraciada una segunda vez, esa participación se descarta y se extrae otra.
7. Celebración del sorteo
7.1. El sorteo de cada edición se celebra en acto público en la fecha indicada en la base 2, en [lugar del sorteo], y se retransmite en directo en las redes sociales de ACET.
7.2. Entran en el sorteo todas las participaciones registradas en la edición, salvo las descalificadas. Cada participación equivale a una papeleta con la misma probabilidad.
7.3. El sorteo se realiza mediante el sistema informático de la campaña, que selecciona las participaciones al azar con un generador de números aleatorios criptográficamente seguro.
7.4. En cada sorteo se extraen los ganadores y, por orden, un número de suplentes igual al de premios. Los suplentes sustituyen a los ganadores que renuncien, no puedan ser localizados o queden descalificados.
7.5. Antes del sorteo, el sistema congela el listado completo de participaciones y calcula su huella digital (SHA-256). Esa huella figura en el acta del sorteo y permite comprobar después que el listado no se ha alterado.
7.6. De cada sorteo se levanta un acta con la fecha y hora, el número total de participaciones, los ganadores y suplentes (número de participación, nombre y DNI o NIE parcialmente oculto), la huella digital del listado y la firma del responsable del sorteo y de un testigo o fedatario.
7.7. Los ganadores y suplentes de un sorteo no participan en sorteos posteriores de la misma edición.
8. Verificación, comunicación y entrega de premios
8.1. Tras el sorteo, ACET verifica que la participación y el ticket de cada ganador cumplen estas bases. Si no las cumplen, el ganador queda descalificado y el premio pasa al primer suplente disponible, por orden. Si no quedan suplentes válidos, ACET realizará un nuevo sorteo entre las participaciones restantes, que constará en el acta.
8.2. ACET contactará con los ganadores por teléfono y correo electrónico en un plazo de [5] días hábiles desde el sorteo. Si un ganador no responde ni acepta el premio en [10] días naturales desde el primer intento de contacto, perderá el derecho al premio, que pasará al siguiente suplente.
8.3. Para recoger el premio, el ganador debe:
- Acudir en persona al lugar, fecha y hora que indique ACET.
- Presentar su DNI o NIE original, que debe coincidir con el registrado.
- Entregar el ticket original de la participación premiada.
- Firmar el documento de recepción del premio.
8.4. Los nombres de los ganadores solo se publicarán con su consentimiento expreso. Sin ese consentimiento, ACET publicará únicamente el número de participación premiado.
8.5. El premio es personal e intransferible. Su renuncia no da derecho a compensación alguna.
9. Fiscalidad
9.1. Los premios están sujetos a la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y constituyen una ganancia patrimonial para el ganador, que debe declararla en su declaración de la renta.
9.2. En los premios de valor superior a 300 € (el premio de 1.500 € de la edición de Navidad), ACET practicará el ingreso a cuenta que corresponda según la normativa vigente y entregará al ganador el certificado correspondiente. Los premios de 250 € no están sujetos a retención ni ingreso a cuenta.
9.3. Para cumplir sus obligaciones fiscales, ACET identificará a cada ganador mediante su DNI o NIE en el momento de la entrega.
10. Uso fraudulento y descalificación
10.1. ACET se reserva el derecho a verificar en cualquier momento la veracidad y validez de cualquier ticket aportado. La presentación de tickets falsos, duplicados, manipulados o procedentes de comercios no asociados supondrá la descalificación inmediata del participante, su inhabilitación para futuras ediciones de la campaña y, en su caso, las acciones legales que correspondan.
10.2. También será causa de descalificación:
- Facilitar datos falsos o de otra persona.
- Registrar el mismo ticket más de una vez o desde distintas identidades.
- Utilizar medios automatizados o cualquier sistema que altere el funcionamiento normal del formulario o del sorteo.
- Incumplir cualquier otra condición de estas bases.
10.3. La descalificación afecta a todas las participaciones de la persona en la edición en curso. ACET comunicará el motivo al interesado cuando así lo solicite.
11. Protección de datos personales
11.1. Los datos se tratan conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).
Aspecto | Información |
|---|---|
Responsable | Asociación de Comerciantes y Empresarios de Torre del Mar (ACET), CIF [CIF], [domicilio social]. Contacto: acet@torredelmar.org |
Datos tratados | Nombre y apellidos, DNI o NIE, teléfono, correo electrónico, comercio, datos del ticket (número, importe y fecha), fotografía del ticket y dirección IP de envío |
Finalidades | Gestionar la participación, prevenir el fraude, celebrar el sorteo, contactar con los ganadores, entregar los premios y cumplir las obligaciones fiscales. Si el participante lo autoriza, enviarle el boletín mensual de ACET |
Base jurídica | La participación en la campaña según estas bases; el cumplimiento de obligaciones legales (fiscales); y el consentimiento para el boletín y para publicar el nombre del ganador |
Destinatarios | Proveedor tecnológico que aloja y mantiene la web, como encargado del tratamiento; Agencia Tributaria y notario o fedatario, cuando proceda. No se ceden datos a terceros con fines comerciales ni se realizan transferencias internacionales |
Conservación | Datos de los no premiados: hasta [3 meses] después del sorteo de su edición. Datos de los ganadores: el tiempo exigido por la normativa fiscal. Boletín: hasta que se retire el consentimiento |
Derechos | Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, y retirar el consentimiento en cualquier momento, escribiendo a acet@torredelmar.org con copia del DNI o NIE. Se puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) |
11.2. Las fotografías de los tickets se almacenan en un espacio de acceso restringido, solo accesible para el personal autorizado de ACET, y se eliminan junto con el resto de datos al cumplirse el plazo de conservación.
11.3. Las actas de los sorteos se conservan de forma permanente como garantía de transparencia. Solo incluyen el número de participación, el nombre de ganadores y suplentes y el DNI o NIE parcialmente oculto (por ejemplo, ****5678Z).
11.4. Ejercer el derecho de supresión antes del sorteo implica la retirada de la participación.
12. Disposiciones generales
12.1. Aceptación. Participar implica aceptar íntegramente estas bases y el criterio de ACET para resolver cualquier cuestión no prevista en ellas.
12.2. Depósito y publicación. Estas bases se depositan ante [notario o fedatario público] antes del inicio de cada edición y están publicadas en la web de ACET, en la sección de la campaña.
12.3. Modificaciones. ACET podrá modificar, suspender o cancelar la campaña o una edición por causas de fuerza mayor o ajenas a su voluntad, sin perjuicio de los derechos ya adquiridos por los participantes. Cualquier cambio se publicará en su web.
12.4. Responsabilidad. ACET no se hace responsable de fallos técnicos, de conexión o del correo electrónico ajenos a su control que impidan registrar una participación o recibir la confirmación. Tampoco responde de los productos o servicios adquiridos con el Dinero ACET, que son responsabilidad de cada comercio.
12.5. Legislación y jurisdicción. Estas bases se rigen por la legislación española. Las controversias se someterán a los juzgados y tribunales que correspondan conforme a la normativa de protección de los consumidores y usuarios.
En Torre del Mar, a [fecha].
Asociación de Comerciantes y Empresarios de Torre del Mar (ACET) Javier Arcas, Presidente